Un toque de queda, según define el Diccionario español jurídico de la Real Academia Española (RAE), “es una medida gubernativa que, en circunstancias excepcionales, prohíbe el tránsito o permanencia en las calles de una ciudad durante determinadas horas, generalmente nocturnas”.
Esto es lo que ha hecho este viernes el presidente de la República Dominicana, Danilo Medina, mediante el decreto 135-20, prohibiendo el tránsito y la circulación de personas desde las 8:00 pm de hoy, hasta las 6:00 am, del sábado. Esta medida estará vigente por 14 días (hasta el viernes 3 de abril).
Si bien es cierto que la libertad de tránsito es un derecho que tienen los dominicanos, según lo dispuesto en el artículo 46 de la Constitución, este puede ser suprimido, como lo ha hecho Medina, tras la declaratoria del estado de emergencia aprobada por el Congreso Nacional para todo el país ante la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19, que surgió a finales de diciembre de 2019, en la ciudad china Wuhan, en la provincia Hubei.
El presidente declaró el estado de emergencia ayer jueves después de que el Congreso Nacional le autorizara mediante la resolución 62-20 para frenar el posible contagio del COVID-19, del cual ya hay 72 casos confirmados y dos muertes.diariolibre